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Ibáñez Abogados prioriza sus necesidades sobre cualquier otro interés. Nuestro equipo multidisciplinario ofrece asesoría legal rápida y personalizada en todo Chile.

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CONFIANZA

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servicios

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Te acompañamos en todas las etapas de tus proyectos, avanzando junto a ti.

Con nosotros, usted contará con la mejor asesoría legal para cualquier acción que pretenda emprender.

Ibáñez Abogados

Nuestras áreas prácticas

Asesoramos en la constitución y estructuración de empresas, contratos comerciales, fusiones y adquisiciones, y más. Ayudamos a tu negocio a alcanzar sus metas con soluciones preventivas y efectivas.

Ofrecemos claridad y opciones legales a nuestros clientes. Brindamos asesoramiento y soluciones personalizadas para resolver desafíos en las relaciones humanas.

Proporcionamos soluciones eficaces para problemas en derecho de familia. Ofrecemos resultados satisfactorios y asesoramiento personalizado en todas las situaciones familiares.

Asesoramos en temas de teletrabajo, reducción de jornada, prevención de acoso y delitos económicos. Promovemos un ambiente laboral seguro y colaborativo.

Asesoramos en derechos de autor, marcas, patentes y modelos de utilidad. Redactamos acuerdos de confidencialidad y contratos de propiedad intelectual, y representamos en litigios relacionados.

Ofrecemos acompañamiento y defensa en procedimientos tributarios, reclamos, recursos, fiscalizaciones, planificación tributaria, y solicitudes de devolución.

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Ofrecemos atención personalizada y rápida, con comunicación directa en cada etapa de su caso. Con expertos en diversas áreas legales, brindamos servicios tanto en Santiago como en todas las regiones de Chile.

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Testimonio de Nuestros Clientes

«

Agradezco el trabajo que realizaron, estoy 100% Conforme con su labor, los recomiendo son personas que están muy atentas a sus clientes.

Andrea Castillo

«

Muy buena experiencia ser atendido por el equipo. Me sorprendió la forma en que conjugan su vasta experiencia profesional, con la humildad necesaria para seguir documentándose en todos los recursos necesarios para llevar el juicio a buen término para mi empresa.

René Cordero

«

Tienen un profesionalismo destacable. Sabe muy bien su trabajo, entiende mis necesidades y trabaja para cumplir ese objetivo.

Es cercano y mediadora. Ha respondido de excelente manera cada vez que he requerido sus servicios y su consejo. Tiene toda mi confianza

Pedro Emilio Carrasco

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    PREGUNTAS FRECUENTES

    Pueden solicitar el divorcio:

    – Los 2 cónyuges de común acuerdo CUANDO: acrediten que han cesado en la convivencia durante un lapso mayor a un año.

    –1 de los cónyuges CUANDO: cese de convivencia, 3 años,

    – 1 de los cónyuges y SIN necesidad que haya habido cese de la convivencia CUANDO: exista falta grave- imputable al otro- haciendo intolerable la vida juntos.

    El juez velará porque los hijos comunes, especialmente los menores de edad, revisando que se encuentre regulado:

    – Los alimentos

    – La relación directa y regular (visitas)

    – Cuidado personal (tuición) al momento de declarar el divorcio.

    La separación legal: supone el cese O término de la convivencia, reconocida legalmente.

    El divorcio: es la disolución del vínculo matrimonial, término del matrimonio.

    Efecto: permite a los cónyuges divorciados contraer de nuevo matrimonio, si desean.

    Analizar las condiciones en que lo están despidiendo, esto es la causal que se invoca, lo que le ofrecen pagar y si está o no de acuerdo con dichas condiciones.
    Si no está de acuerdo tiene 60 días para demandar ante los Juzgados de Letras del Trabajo competente y 90 días en caso que haga la denuncia en la inspección del trabajo.
    En cualquier caso que usted sea despedido, lo más aconsejable es que nos contacte y reciba previamente nuestro consejo, recuerde que para demandar debe realizar la reserva de derechos respectiva, en caso contrario no podrá demandar.

    Frente a esta situación debes contactarnos inmediatamente, ya que debemos analizar que causal están aplicando para despedirte y las consecuencias de dicho despido, luego de eso si tu intensión es demandar, debes hacer reserva de tus derechos o no firmar dicho finiquito

    Frente a esta situación debes contactarnos inmediatamente, ya que si tu intensión es demandar, debe hacer reserva de tus derechos o no firmar dicho finiquito.

    Idealmente el contrato de trabajo, las últimas 3 liquidaciones de sueldo, la carta de despido y certificado de cotizaciones.
    Si no tiene contrato de trabajo y/o no le entregaron una carta de despido, puede prescindir de dichos documentos.

    El Juicio Laboral es aquel proceso que se sigue ante los Juzgados del Trabajo, cuya finalidad es obtener una sentencia favorable para el trabajador que ha demandado a su empleador obteniendo las respectivas indemnizaciones o prestaciones correspondientes.

    Actualmente los juicios laborales son orales y duran entre 3 a 4 meses, dependiendo de la complejidad.
    Eventualmente puede llegarse a la Corte de Apelaciones, vía un recurso de nulidad, caso en el cual se alarga el juicio en un par de meses más.

    Es aquel en que el trabajador considera que la causal o motivo que aplica el empleador para despedirlo, se encuentra sustentada en hechos que no son efectivos o en necesidades de la empresa que son cuestionables o inexistentes.

    Una marca registrada es un símbolo, palabra o frase única que identifica y distingue un producto o servicio de otros en el mercado. Es importante porque ayuda a proteger la identidad y reputación de su marca, evita que otros utilicen marcas similares y permite a los consumidores reconocer y confiar fácilmente en sus productos o servicios.

    Para registrar una marca, deberá presentar una solicitud en la oficina de marcas correspondiente de su jurisdicción. Este proceso generalmente implica realizar una búsqueda de marcas para garantizar que su marca sea única y no infrinja las marcas existentes, preparar y enviar la solicitud con la documentación y las tarifas requeridas, y responder a cualquier objeción o consulta de la oficina de marcas.

    Puede registrar varios elementos de su marca, incluidos logotipos, nombres comerciales, eslóganes, nombres de productos e incluso sonidos o colores asociados con sus productos o servicios. Esencialmente, cualquier cosa que distinga sus productos o servicios de los de otros en el mercado puede potencialmente ser una marca registrada.

    La duración del registro de una marca varía según la jurisdicción. En muchos países, incluido Estados Unidos, los registros de marcas pueden durar indefinidamente siempre que la marca se utilice continuamente en el comercio y se realicen las presentaciones de mantenimiento necesarias a intervalos regulares.

    Si cree que alguien está infringiendo sus derechos de marca registrada, es esencial que tome medidas inmediatas para proteger sus intereses. Esto puede implicar enviar una carta de cese y desistir a la parte infractora, iniciar procedimientos legales para hacer cumplir sus derechos o buscar mediación o arbitraje para resolver la disputa de manera amistosa.

    Sí, normalmente puede registrar el nombre de su empresa si cumple con los requisitos de protección de marca, como ser distintivo y no similar a marcas comerciales existentes en su industria, que no generen confusión. Sin embargo, es esencial realizar una búsqueda exhaustiva de marcas y consultar con un abogado calificado para asegurarse de que el nombre de su empresa sea elegible para el registro de marca.

    El símbolo TM (™) se utiliza para indicar que una palabra, frase o logotipo se utiliza como marca comercial, incluso si no se ha registrado oficialmente en la oficina de marcas. Por el contrario, el símbolo ® (®) está reservado para marcas que han sido registradas oficialmente en la oficina de marcas y han cumplido todos los requisitos necesarios para su protección.

    continuación, se indican los pasos para constituir una sociedad en Chile.

    • Decidir qué tipo de empresa es la que quiere crear y cuál es su objeto, es decir, cuál será su finalidad;
    • Constitución legal de la sociedad;
    • Inscripción en el Registro de Comercio;
    • Publicación en el Diario Oficial;
    • Obtención del RUT y Declaración de Inicio de Actividades en el SII;
    • Publicación en el Diario Oficial;
    • Patente Municipal, permisos sanitarios y otros.

    En Chile existen:
    a. Sociedad de Responsabilidad Limitada: Está compuesta por dos o más personas naturales o jurídicas con un máximo de hasta cincuenta socios, quienes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes y su participación se traduce en derechos en la sociedad.

    b. Sociedad Anónima: Está compuesta por dos o más personas naturales o jurídicas y su participación en la sociedad se refleja en acciones. ésta sociedad podrá ser:
    i. Abierta: Tranza en la bolsa de valores.
    ii. Cerrada: No tranza en la bolsa de valores.

    c. Sociedad por Acciones: Está compuesta por una o más personas naturales o jurídicas y su participación en la sociedad se refleja en acciones. Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada son empresas y no sociedades.

    a. Sociedad de Responsabilidad Limitada: Requiere de 2 o más personas naturales o jurídicas con un máximo de hasta 50 socios.

    b. Sociedad Anónima: Requiere de 2 o más personas naturales o jurídicas sin un tope máximo de accionistas.

    c. Sociedad por Acciones: Requiere de 2 o más personas naturales o jurídicas con un máximo de hasta 499 accionistas.

    Si bien crear una sociedad mediante la plataforma “Tu empresa en un día” puede tener una serie de beneficios, tales como la rapidez en su creación, reducción de costos iniciales en asesoría jurídica, notaría e inscripción en Registro de Comercio, y obtención inmediata de RUT, entre otros, aquello no obsta de que se trata de un sistema considerado poco dinámico para ciertas empresas.

    Así, el sistema fue diseñado para adaptarse a sociedades tradicionales y poco moldeables, que no suele adaptarse bien a las exigencias de sociedades start-ups o empresas que se ciñen a modelos modernos.

    Entre los ejemplos que recomendamos tener a la vista, se encuentra el hecho de que aún no se han integrado las S.A. en la plataforma. También existe una elección de la administración acotada para las SpA, no pudiendo disponerse de todas las alternativas que prevé la Ley.

    A aquello se le debe sumar el hecho de que, al proponer el sistema un llenado de los formularios, quienes constituyen las sociedades caen en el error de considerar no ser necesaria la asistencia legal para su llenado, con lo cual devienen una serie de problemas y errores que luego deben ser subsanados, lo que suele traer asociado un alto costo para el cliente, dado que tendrá que concurrir por asesoría jurídica, todo lo cual sí tendrá que ser realizado ante notario, teniendo en cuenta que no todas las notarías se encuentran incorporadas para operar en la plataforma, salvo que el cliente cuente con firma electrónica avanzada.

    En este sentido, es dable recordar que lo barato cuesta caro.

    Las EIRL no son sociedades, son empresas formadas por una única persona natural, es decir, no admite tener socios ni puede ser constituida por una persona jurídica, y cuenta con un patrimonio propio, la cual realiza únicamente actividades comerciales.

    Una Sociedad de Profesionales, según se desprende de su etimología, corresponde a una sociedad de personas (no de capitales, como lo sería una S.A. o SpA), en la que sus socios aportan a la misma ejerciendo sus profesiones en pos de dicha sociedad, aportando el know-how emanado de sus conocimientos y especialidades, emitiendo facturas por los servicios prestados a sus clientes o por las asesorías profesionales brindadas.

    En dichas sociedades existe, como en derecho se denomina, una Affectio societatis entre los socios, que es la voluntad común de asociarse entre varias personas.

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